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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
818515
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 22, Tercera Parte; Pág. 14

AGRARIO. COMPETENCIA EN LA REVISION EN AMPARO. ASUNTOS DE CARACTER ADMINISTRATIVO. REGIRAN LAS REGLAS GENERALES DE LA COMPETENCIA, AUNQUE SE AFECTEN INTERESES DE NUCLEOS AGRARIOS.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 22, Tercera Parte; Pág. 14

Precedentes

Amparo en revisión 9773/68. María Elena Díaz Infante de Otero. 29 de octubre de 1970. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volumen 11, página 36. Amparo en revisión 498/69. Rubén Escobedo Martínez. 10 de noviembre de 1969. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Volumen 10, página 17. Amparo en revisión 2132/69. Comisariado Ejidal de los Reyes, Municipio de los Reyes, Estado de Michoacán. 16 de octubre de 1969. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Nota: En el Volumen 10, página 17, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. COMPETENCIA EN LA REVISION EN AMPARO EN ASUNTOS DE OTRO CARACTER QUE NO SEA EL ESPECIFICAMENTE AGRARIO, QUE AFECTE INTERESES DE UN NUCLEO EJIDAL. RIGEN LAS REGLAS GENERALES Y NO LAS PARTICULARES DE LA MATERIA AGRARIA.". En el Volumen 11, página 36, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. REVISION EN AMPARO. COMPETENCIA. ASUNTOS DE CARACTER PURAMENTE ADMINISTRATIVO. REGIRAN LAS REGLAS GENERALES AUNQUE SE AFECTEN INTERESES DE NUCLEOS AGRARIOS.".
Registro digital (IUS): 818515