Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/818537
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 818537
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 47, Tercera Parte; Pág. 18
AGRARIO. COMPETENCIA EN LA REVISION EN AMPARO EN ASUNTOS QUE NO SEAN ESPECIFICAMENTE AGRARIOS. RIGEN LAS REGLAS GENERALES AUNQUE SE AFECTEN INTERESES DE SUJETOS DE DERECHO AGRARIO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 47, Tercera Parte; Pág. 18
Cuando el acto reclamado proviene de expropiación ordenada por el gobernador de una entidad federativa, se está en presencia de un acto administrativo y no agrario, por lo que la competencia en la revisión en amparo se rige por las reglas generales y no por las particulares de la materia agraria, aunque el bien expropiado sea un terreno protegido al quejoso con certificado de inafectabilidad.
Precedentes
Amparo en revisión 3999/72. Felipe Gómez Flores y otra. 29 de noviembre de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volumen 20, página 51. Amparo en revisión 1101/70. José Centeno Virgen. 26 de agosto de 1970. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.
Volumen 11, página 35. Amparo en revisión 10101/67. Luis Gonzaga Aguilar. 17 de noviembre de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Véase Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volumen 23, página 45, tesis de rubro "AGRARIO. COMPETENCIA EN LA REVISION EN AMPARO EN ASUNTOS DE OTRO CARACTER QUE NO SEA EL ESPECIFICAMENTE AGRARIO, QUE AFECTEN INTERESES DE UN NUCLEO EJIDAL. RIGEN LAS REGLAS GENERALES Y NO LAS PARTICULARES DE LA MATERIA AGRARIA.".
Volumen 24, página 23, tesis de rubro "CADUCIDAD DE LA REVISION EN AMPARO. DECLARADA, QUEDA FIRME LA SENTENCIA RECURRIDA.".
Nota: En el Volumen 11, página 35 y Volumen 20, página 51, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. REVISION EN AMPARO. COMPETENCIA. ASUNTOS DE CARACTER GENERICAMENTE ADMINISTRATIVO. SE RIGE POR LAS REGLAS GENERALES. AUNQUE EL ACTO RECLAMADO AFECTE PEQUEÑAS PROPIEDADES.".