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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
818543
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 1, Tercera Parte; Pág. 131

AGRAVIOS. NO LO SON LAS AFIRMACIONES QUE NO RAZONAN CONTRA LOS FUNDAMENTOS DEL FALLO QUE ATACAN.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 1, Tercera Parte; Pág. 131

Precedentes

Amparo en revisión 8842/67. Julián Angulo y otros. 30 de enero de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen CXXI, página 13. Queja 4/67. J. Guadalupe Ruiz Hernández y otros. 3 de julio de 1967. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González. Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen XII, página 12, tesis de rubro "AGRAVIOS DE LA REVISION.". Volumen XLVII, página 19, tesis de rubro "AGRAVIOS.". Nota: En el Volumen CXXI, página 13, la tesis aparece bajo el rubro "AGRAVIOS, EXISTENCIA E INEXISTENCIA DE LOS.". Este criterio ha integrado la jurisprudencia publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 12, Tercera Parte, página 70.
Registro digital (IUS): 818543