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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 818551
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 3, Tercera Parte; Pág. 22
AGRARIO. ACTO RECLAMADO. INEXISTENCIA. ES PROBLEMA DISTINTO AL DE SI EL PLANO DE EJECUCION SE AJUSTA O NO, A LOS TERMINOS DE LA RESOLUCION PRESIDENCIAL.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 3, Tercera Parte; Pág. 22
El problema de si el plano proyecto de ejecución de una resolución presidencial en materia agraria se ajusta o no a los términos de la citada resolución, es diferente al de la determinación de la existencia o inexistencia de los actos reclamados. En efecto, debe distinguirse el acto en sí mismo considerado, del calificativo que en cuanto a su legalidad le atribuye la parte quejosa, lo que propiamente constituye un concepto de violación, aun cuando se incluya en el capítulo de actos reclamados.
Precedentes
Amparo en revisión 9155/67. María Concepción Bravo y otra. 13 de marzo de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu.