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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 818638
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXII, Quinta Parte; Pág. 21
DEMANDA PRESUNTIVAMENTE CONFESADA, ESTUDIO DE LAS PRUEBAS EN CONTRARIO DE LA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXII, Quinta Parte; Pág. 21
No habiéndose opuesto excepción por la demandada, sólo cabía analizar si los hechos expresados por la actora generaban el derecho de ésta y en su caso, si las probanzas de la demandada demostraban en contrario de los hechos contenidos en la demanda.
Precedentes
Amparo directo 6344/58. Lucila González Olguín. 19 de febrero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.