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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 818659
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 28, Quinta Parte; Pág. 15
COSA JUZGADA Y EXTINCION DE LAS ACCIONES.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 28, Quinta Parte; Pág. 15
El desistimiento de un juicio no implica que haya cosa juzgada, porque para esto se requiere que exista identidad de personas, cosas y acciones y un pronunciamiento de derecho. El desistimiento de la demanda solamente implica la renuncia a la acción procesal en el juicio en que se adujo.
Precedentes
Amparo directo 5862/70. Eva Alvarez Sevilla. 19 de abril de 1971. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.