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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
818688
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 59, Tercera Parte; Pág. 14

AGRARIO. EMPLAZAMIENTO A UN NUCLEO EJIDAL. DEBE CONSTAR EN AUTOS QUE SE ACREDITO QUE LOS REPRESENTANTES EMPLAZADOS OSTENTAN LOS CARGOS DE PRESIDENTE, SECRETARIO Y TESORERO DEL COMISARIADO EJIDAL, PARA SU EFICACIA.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 59, Tercera Parte; Pág. 14

Precedentes

Amparo en revisión 1913/73. Alberto Montero Domínguez. 15 de noviembre de 1973. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia publicada en Séptima Epoca, Volúmenes 115-120, Tercera Parte, página 99, tesis de rubro "AGRARIO. EMPLAZAMIENTO A NUCLEO EJIDAL. DEBE CONSTAR EN AUTOS QUE SE ACREDITO QUE LOS REPRESENTANTES EMPLAZADOS OSTENTAN LOS CARGOS DE PRESIDENTE, SECRETARIO Y TESORERO DEL COMISARIADO EJIDAL PARA SU EFICACIA.".
Registro digital (IUS): 818688