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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
818766
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 14, Primera Parte; Pág. 19

DESISTIMIENTO DE LA ACCION ANTE LAS JUNTAS. CONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 479 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 14, Primera Parte; Pág. 19

Precedentes

Amparo en revisión 5142/62. Luis Aguilera Alferes. 10 de febrero de 1970. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Ernesto Solís López. Sexta Epoca, Primera Parte: Volumen LXXVI, página 11. Amparo en revisión 626/62. Unión de Estibadores y Jornaleros del Puerto de Veracruz. 22 de octubre de 1963. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Mariano Azuela. Volumen LI, página 69. Amparo en revisión 2106/59. Francisca Merino Alcantar. 12 de septiembre de 1961. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Registro digital (IUS): 818766