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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 818796
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXIII, Cuarta Parte; Pág. 36
TITULOS DE CREDITO, ENDOSOS HECHOS POR EL APODERADO GENERAL DEL BENEFICIARIO DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXIII, Cuarta Parte; Pág. 36
El juicio ejecutivo mercantil es de litis abierta, y por no haber réplica es durante la dilación probatoria cuando el actor puede aportar las pruebas que desvirtúen la contestación del demandado. Por lo tanto, si en un caso, durante el término de prueba se presenta el testimonio del poder otorgado al apoderado general del beneficiario, queda demostrada plenamente la legitimidad del endoso en propiedad hecho por dicho apoderado en favor de un tercero, y no puede sostenerse que haya interrumpido la continuidad de los endosos, requerida por los artículos 38 y 39 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, para legitimar al último tenedor de la cambial.
Precedentes
Amparo directo 659/63. Francisco Escamilla Arellano. 7 de mayo de 1964. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada.