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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 818803
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXIV, Cuarta Parte; Pág. 44
ARRENDAMIENTO, CONTINUACION DEL GRUPO FAMILIAR CON EL CONTRATO DE. DECRETO DE 24 DE DICIEMBRE DE 1948.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXIV, Cuarta Parte; Pág. 44
No hay nuevo contrato de arrendamiento que quede fuera de la protección del decreto de 24 de diciembre de 1948, cuando el propietario de la finca logra celebrar el posterior, con el hijo de la inquilina en el anterior, y ambos han venido ocupándola, desde la época de la celebración, del de esta, porque madre e hijos son integrantes del grupo familiar y el decreto citado rige para el inquilino y los miembros de su familia que viven con el.
Precedentes
Amparo directo 3100/66. Miguel Morales. 16 de octubre de 1967. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen LXX, página 11. Amparo directo 8091/60. Angel Rebolledo Sánchez. 1 de abril de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.