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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 818827
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Quinta Parte; Pág. 41
DICTAMENES FORMULADOS POR LOS AUXILIARES DE LAS JUNTAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Quinta Parte; Pág. 41
El dictamen formulado por el auxiliar de una Junta de Conciliación y Arbitraje, es sólo un proyecto de fallo que expresa la opinión de su autor, pero que en manera alguna obliga a los miembros de la Junta a resolver el juicio en los términos del mismo, pues aquellos gozan de completa libertad para hacerle todas las modificaciones que consideren pertinentes.
Precedentes
Amparo directo 2182/56. Unión de Estibadores y Alijadores del Puerto de Mazatlán. 8 de agosto de 1957. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.
Véanse:
Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo V, Primera Parte, tesis 161, página 108, tesis de rubro "DICTAMENES EN MATERIA LABORAL. SON PROYECTOS.".
Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 151- 156, Quinta Parte, página 119, tesis de rubro "DICTAMENES EN MATERIA LABORAL. SON PROYECTOS.".