Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/818845
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
818845
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 10, Tercera Parte; Pág. 28

AGRARIO. RESOLUCIONES PRESIDENCIALES. EJECUCION INCORRECTA. PARA RECLAMARLA EN AMPARO NO SE REQUIERE CERTIFICADO DE INAFECTABILIDAD.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 10, Tercera Parte; Pág. 28

Precedentes

Amparo en revisión 3684/69. José María Michel González. 23 de octubre de 1969. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volumen 8, página 42. Amparo en revisión 2539/68. José Germán Barajas. 4 de agosto de 1969. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Volumen 7, página 32. Amparo en revisión 6411/67. Jaime Medina Valencia y otros. 3 de julio de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Volumen 6, página 53. Amparo en revisión 7190/68. Bulmaro Cordero López. 5 de junio de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Sexta Epoca, Tercera Epoca: Volumen CXXXII, página 11. Amparo en revisión 9351/61. José Luna García y coagraviados. 27 de junio de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Volumen LXXXIX, página 11. Amparo en revisión 5199/63. Ignacio Maldonado Delgadillo y coagraviados. 12 de noviembre de 1964. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Volumen L, página 37. Amparo en revisión 224/61. Jorge Gutiérrez y coagraviados. 17 de agosto de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo. Nota: En el Volumen 7, página 32, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. RESOLUCIONES PRESIDENCIALES. EJECUCION INCORRECTA. PARA RECLAMARLA EN AMPARO NO SE REQUIERE CERTIFICADO DE INAFECTABILIDAD NI REUNIR LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO 66 DEL CODIGO AGRARIO.". En el Volumen 8, página 42, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. RESOLUCIONES PRESIDENCIALES. EJECUCION INDEBIDA DE LAS. NO ES APLICABLE LA IMPROCEDENCIA PREVISTA EN LA FRACCION XIV DEL ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL.". En el Volumen CXXXII, página 11, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. AMPARO PROCEDENTE EN CASOS DE CUMPLIMIENTO O EJECUCION DE RESOLUCIONES PRESIDENCIALES.". En el Volumen LXXXIX, página 11 y Volumen L, página 37, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. PROCEDENCIA DEL AMPARO.".
Registro digital (IUS): 818845