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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
4a. 1. JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 820179
- Clave de tesis
- 4a. 1.
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; 4a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 10-12, Noviembre-Diciembre de 1988; Pág. 69
EMPRESAS DE PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA, COMPETENCIA FEDERAL TRATANDOSE DE CONFLICTOS EN QUE INTERVIENEN LAS.
[J]; 8a. Época; 4a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 10-12, Noviembre-Diciembre de 1988; Pág. 69
En atención a que el artículo 123, apartado A, fracción XXXI, inciso b), subinciso 1), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que la aplicación de las leyes del trabajo es de la competencia exclusiva de las autoridades federales en los asuntos relativos a empresas que sean administradas en forma directa o descentralizada por el gobierno federal y como de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 1o, párrafo segundo, y 3o., de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal dichas empresas son entidades de la administración pública paraestatal, es evidente que el conocimiento y resolución de los juicios que contra ellas se entablen corresponde a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, con fundamento legal también en el artículo 527, fracción II, inciso I), de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Competencia 85/87. Entre la Primera Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje y la Junta Especial 29 de la Federal de Conciliación y Arbitraje con residencia en Chihuahua, Chihuahua. 19 de agosto de 1987. 5 votos. Ponente: Felipe López Contreras. Secretario: Rolando Rocha Gallegos.
Competencia 204/87. Entre la Junta Especial 4 de la Local de Conciliación y Arbitraje en Michoacán, la Junta Especial 30 de la Federal de Conciliación y Arbitraje del mismo Estado y la Primera Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje. 3 de febrero de 1988. 5 votos. Ponente: Ulises Schmill Ordóñez. Secretario: Víctor Ernesto Maldonado Lara.
Competencia 175/87. Entre la Primera Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje y la Junta Especial 30 de la Federal de Conciliación y Arbitraje en Morelia, Michoacán. 3 de febrero de 1988. 5 votos. Ponente: Felipe López Contreras. Secretario: Rolando Rocha Gallegos.
Competencia 232/87. Entre la Junta Especial 28 de la Federal de Conciliación y Arbitraje en Guanajuato, Guanajuato y la Primera Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje. 3 de febrero de 1988. 5 votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Emilio González Santander.
Competencia 248/87. Entre la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de Celaya, Guanajuato y la Primera Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje. 9 de mayo de 1988. 5 votos. Ponente: Ulises Schmill Ordóñez. Secretario: Víctor Ernesto Maldonado Lara.