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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a. 11. JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
820206
Clave de tesis
3a. 11.
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 8a. Época; 3a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 8-9, Septiembre-Octubre de 1988; Pág. 13

REPRESENTANTE COMUN DESIGNADO EN EL JUICIO NATURAL. PUEDE PROMOVER JUICIO DE AMPARO A NOMBRE DE SUS REPRESENTADOS.

[J]; 8a. Época; 3a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 8-9, Septiembre-Octubre de 1988; Pág. 13

Precedentes

Contradicción de tesis 1/85. Primer Tribunal Colegiado del Tercer Circuito con residencia en Guadalajara, Jalisco; Tribunal Colegiado del Octavo Circuito con residencia en Torreón, Coahuila y Tribunal Colegiado del Séptimo Circuito con residencia en Veracruz, Veracruz. 23 de septiembre de 1988. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Secretario: Ricardo Rivas Pérez.
Registro digital (IUS): 820206