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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
4a. 8. JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 820227
- Clave de tesis
- 4a. 8.
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; 4a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 16-18, Abril-Junio de 1989; Pág. 78
COMPETENCIA. PUEDE DECLARARSE EN FAVOR DE AUTORIDAD NO CONTENDIENTE.
[J]; 8a. Época; 4a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 16-18, Abril-Junio de 1989; Pág. 78
En los conflictos de competencia, siendo de orden público, puede declararse competente a una tercera autoridad, aunque no haya intervenido en la contienda competencial.
Precedentes
Competencia 77/88. Entre la Junta Especial número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Michoacán y el Tribunal de Conciliación y Arbitraje del mismo Estado. 20 de junio de 1988. 5 votos. Ponente: Felipe López Contreras. Secretario: Rolando Rocha Gallegos.
Competencia 110/88. Entre la Junta Especial número Trinta y dos de la Federal de Conciliación y Arbitraje en Oaxaca, Oaxaca y el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje. 30 de enero de 1989. 5 votos. Ponente: Ulises Schmill Ordóñez. Secretario: Hugo Arturo Baizábal Maldonado.
Competencia 27/89. Entre la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Sonora y la Junta Especial número Veintitrés de la Federal de Conciliación y Arbitraje. 17 de abril de 1989. 5 votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: Carlos Ronzon Sevilla.
Competencia 58/89. Entre el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, Junta Especial número Catorce de la Federal de Conciliación y Arbitraje y la Junta Especial número Cinco bis de la Local de Conciliación y Arbitraje. 12 de junio de 1989. Unanimidad de 4 votos. Ponente: Ulises Schmill Ordóñez. Secretaria: Luz María Corona Magaña.
Competencia 86/89. Suscitada entre las Juntas Especiales números Quince y Treinta y dos, de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con residencia la primera en el Distrito Federal y la segunda en Oaxaca, Oaxaca y la Junta Especial número Cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal. 19 de junio de 1989. Unanimidad de 4 votos. Ponente: Ulises Schmill Ordóñez. Secretaria: Luz María Corona Magaña.
Texto de la tesis apobado por la Cuarta Sala de este alto Tribunal en sesión de catorce de agosto de mil novecientos ochenta y nueve, por unanimidad de cuatro votos de los señores ministros: Presidente Felipe López Contreras, Ulises Schmill Ordóñez, Juan Díaz Romero, y José Martínez Delgado.