Artículo 8 de la LEY Federal de Juegos y Sorteos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Gobernación puede cerrar cualquier lugar, así sea un local con puertas abiertas o cerradas, donde se estén llevando a cabo juegos prohibidos o juegos de azar (como apuestas o sorteos) que no tengan permiso legal. Esto no quita que además te puedan aplicar otras sanciones, como multas o penas más graves, según lo que diga la ley en cada situación. En pocas palabras, si organizas o participas en juegos de apuestas sin autorización, te pueden cerrar el negocio y meterte en más problemas legales.
Texto oficial
ARTICULO 8o.- Se clausurará, por la Secretaría de Gobernación, todo local abierto o cerrado en el que se efectúen juegos prohibidos o juegos con apuestas y sorteos, que no cuenten con autorización legal, sin perjuicio de que se apliquen las sanciones que según el caso correspondan.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.