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Artículo 13 de la LEY Federal de Deuda Pública

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Hacienda es la única que puede dar luz verde para que las dependencias del gobierno pidan dinero prestado. Si una oficina pública necesita un préstamo o crédito, debe pedir permiso a esta Secretaría siguiendo las reglas del Capítulo II de esta ley. En pocas palabras, nadie en el sector público puede endeudarse sin la autorización de Hacienda.

Texto oficial

ARTICULO 13.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de acuerdo con las facultades que le concede el Capítulo II de esta Ley autorizará, en su caso, los financiamientos que promuevan las entidades del sector público. LEY FEDERAL DE DEUDA PÚBLICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 30-01-2018 5 de 22 Artículo reformado DOF 27-04-2016

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

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