Artículo 4 de la LEY que crea la Universidad Autónoma Chapingo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Universidad Autónoma Chapingo tiene el poder de organizarse como mejor le parezca, siempre y cuando siga las reglas generales de esta ley. Puede decidir sus planes y actividades con libertad para enseñar e investigar. También puede crear, cambiar o quitar carreras, departamentos y programas. Tiene la facultad de emitir títulos, certificados y diplomas, así como revalidar estudios que ya hayas hecho. Por último, puede definir quién entra y quién se queda en la universidad, siguiendo lo que dice la Constitución y las leyes de educación.
Texto oficial
ARTICULO 4o.- La Universidad Autónoma Chapingo, para el cumplimiento de su objetivo, tendrá las atribuciones siguientes: I.- Organizarse como lo considere necesario, dentro de los lineamientos generales que inspiran la presente Ley; II.- Planear y programar sus actividades conforme a los principios de libertad de cátedra y de investigación; III.- Crear, modificar, o suprimir unidades regionales universitarias, divisiones, departamentos, programas y centros regionales; IV.- Expedir certificados de estudio, otorgar diplomas, títulos profesionales, grados académicos y menciones honoríficas; V.- Revalidar y establecer equivalencias de estudios de los niveles educativos que imparta; VI.- Establecer las políticas de ingreso y permanencia de alumnos y del personal académico, atendiendo para ello lo señalado en el Art. 3o. de la Constitución Política y en el Art. 5o. de la Ley Federal de Educación, y demás leyes aplicables; VII.- Prestar asistencia técnica y servicio social a comunidades rurales según sus planes académicos y cuando lo juzgue conveniente; VIII.- Colaborar en los planes nacionales de desarrollo y con instituciones o personas ligadas al medio rural según sus planes académicos y cuando lo juzgue conveniente; IX.- Sostener y desarrollar los servicios escolares y sociales que se presten a la comunidad universitaria; X.- Crear las unidades administrativas que sean necesarias para su funcionamiento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.