LEY que crea la Universidad Autónoma Chapingo
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Con este artículo se crea la Universidad Autónoma Chapingo como una institución pública que no depende directamente del gobierno, aunque forma parte del Estado. Esto significa que tiene su propia personalidad legal (puede firmar contratos, tener propiedades, etc.) y sus propios recursos económicos para funcionar. Su sede principal está en Chapingo, Estado de México. En pocas palabras, es una universidad autónoma, dueña de sí misma, que maneja su dinero y sus asuntos sin que el gobierno intervenga directamente.
- Art. 2La Universidad puede crear sucursales o planteles llamados Unidades Regionales y Centros Regionales Universitarios donde sea necesario en todo el país, pero principalmente en zonas del campo o comunidades rurales. Esto es para que la educación llegue a lugares donde no hay tantas opciones de estudio.
- Art. 3La Universidad Autónoma Chapingo tiene varias metas principales. Una es dar clases de nivel superior (como carreras técnicas, licenciaturas y posgrados) para formar maestros, investigadores y técnicos que piensen de manera crítica, democrática y con amor por México, y que ayuden a resolver problemas del campo. También puede dar clases de secundaria o preparatoria si así lo decide. Otra meta es hacer investigación científica y tecnológica ligada a la enseñanza, para aprovechar mejor los recursos del campo, como los animales, los bosques y la tierra, y encontrar nuevas formas de ayudar al desarrollo del país. Además, busca preservar y compartir la cultura, promover que las personas, sobre todo las del campo, tengan una vida más justa y creativa, y fomentar que los alumnos y maestros investiguen libremente, sin limitar las ideas. Finalmente, quiere formar profesionistas de alto nivel con programas de estudio que ayuden a combatir el subdesarrollo, llevar los avances científicos al campo para mejorar la economía y la cultura de la gente, y coordinarse con otras instituciones agrícolas para planificar mejor la agricultura, especialmente la de temporal, y así mejorar la vida de los campesinos.
- Art. 4La Universidad Autónoma Chapingo tiene el poder de organizarse como mejor le parezca, siempre y cuando siga las reglas generales de esta ley. Puede decidir sus planes y actividades con libertad para enseñar e investigar. También puede crear, cambiar o quitar carreras, departamentos y programas. Tiene la facultad de emitir títulos, certificados y diplomas, así como revalidar estudios que ya hayas hecho. Por último, puede definir quién entra y quién se queda en la universidad, siguiendo lo que dice la Constitución y las leyes de educación.
- Art. 5Cada universidad regional va a dar clases organizándose en divisiones, departamentos y programas, según el nivel de estudios que ofrezca. Las divisiones agrupan materias parecidas (como ciencias o humanidades), los departamentos son para áreas más específicas (como matemáticas o historia), y los programas son para juntar varias materias de distintas áreas en un solo plan de estudios. Los Centros Regionales son lugares de ayuda para los estudios, que se crean según las necesidades del campo o del medio ambiente de cada región.
- Art. 6La Universidad tiene la obligación de hacer todo lo posible para que los trabajos de investigación científica y tecnológica nunca se detengan, ni siquiera en situaciones difíciles. Para lograrlo, usará sus propias reglas internas y tomará las medidas necesarias. Esto aplica tanto a la ciencia básica, que busca entender cómo funcionan las cosas, como a la ciencia aplicada, que crea nuevas tecnologías. En pocas palabras, la Universidad se compromete a mantener activas estas labores sin importar lo que pase.
- Art. 7El artículo 7 dice que la comunidad de la Universidad Autónoma Chapingo está formada por alumnos, maestros e investigadores. Ellos mismos eligen a sus autoridades, según lo que marca esta ley y sus reglamentos. Además, pueden hablar, analizar y tomar decisiones sobre cualquier tema que tenga que ver con la universidad, menos sobre lo académico. O sea, lo que se enseña o cómo se evalúa no lo deciden ellos, sino otras instancias.
- Art. 8La Universidad Autónoma Chapingo va a crear las reglas para formar distintos grupos de personas (llamados cuerpos colegiados) que se encargarán de resolver asuntos de la escuela, como los temas de estudio y los trámites administrativos. Estos grupos van a estar formados por alumnos y por maestros o personal académico. En pocas palabras, la universidad decide cómo se arman esos equipos para tomar decisiones importantes dentro de la institución.
- Art. 9El Rector, los Vicerrectores, los Directores de División y los Jefes de Departamento son los encargados de manejar la Universidad en lo académico y administrativo. También pueden crear otras unidades administrativas que ayuden en esas tareas. En pocas palabras, estos puestos son los que se encargan de que todo funcione en la escuela.
- Art. 10El Rector de la Universidad es quien representa legalmente a la institución, dura cuatro años en el puesto y solo puede ser reelegido una vez, es decir, máximo dos periodos. Para ser Rector, necesitas ser mexicano, tener menos de 65 años el día de la elección y contar con título de licenciatura. También debes tener al menos cinco años de experiencia profesional, de los cuales tres deben ser como profesor o investigador en la Escuela Nacional de Agricultura o en la Universidad Autónoma Chapingo. Además, tienes que ser una persona honesta, con buena reputación y muy capaz en tu trabajo.
- Art. 11El Rector tiene el deber de seguir y hacer que todos respeten las reglas de la Universidad. También puede proponer candidatos para puestos de trabajo, como funcionarios o administrativos, ante los grupos que toman decisiones en la Universidad. Además, debe organizar y coordinar el trabajo de las diferentes áreas de la Universidad. Por último, tiene otras obligaciones que le pongan esta ley o los reglamentos.
- Art. 12El dinero y los bienes de la Universidad Autónoma Chapingo vienen de varias partes. Primero, están las propiedades que el Gobierno Federal le da y que ya se usaban para la Escuela Nacional de Agricultura. También recibe apoyos económicos del gobierno federal, de los gobiernos de los estados y de los municipios. Además, la universidad puede generar su propio dinero cobrando por los servicios que ofrece. Por último, puede tener cualquier otra propiedad, derecho o ingreso que consiga de manera legal.
- Art. 13La Universidad no tiene que pagar impuestos federales ni derechos por lo que gana o por lo que le pertenece. Tampoco paga impuestos por los contratos o acuerdos que firme, siempre y cuando esos impuestos, según la ley, le tocarían pagar a ella. Esto aplica solo a impuestos federales (del gobierno de México), no necesariamente a otros como los estatales o municipales. En pocas palabras, la Universidad está exenta de ciertos pagos al gobierno para que pueda usar su dinero en lo que necesita.
- Art. 14Las reglas de trabajo entre la Universidad Autónoma Chapingo y sus empleados se van a manejar con una ley especial para trabajadores del gobierno, llamada Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Esta ley es la que aplica para quienes trabajan en oficinas o instituciones públicas a nivel federal. O sea, no se usa la ley general de trabajo que aplica para empresas privadas. En pocas palabras, los derechos y obligaciones de los trabajadores de esa universidad están cubiertos por las mismas reglas que protegen a los empleados del gobierno.
- Art. 15El Artículo 15 dice que hay ciertos puestos que se consideran "empleados de confianza", como el Rector, los Vicerrectores, los Directores de División, los Jefes de Departamento y los Jefes de Centro Regional. También aplica para cualquier otro trabajador que tenga ese mismo carácter, según lo que marca el Artículo 5 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. En pocas palabras, son los puestos más altos o de responsabilidad especial dentro de una institución.
- Art. 16El artículo 16 dice que todos los empleados de la Universidad Autónoma Chapingo van a recibir los beneficios de salud, pensión y otros servicios del ISSSTE, igual que los trabajadores del gobierno. Los transitorios son reglas para el cambio: Primero: Esta ley comenzará a aplicarse 15 días después de que se publique en el Diario Oficial de la Federación (el periódico del gobierno). Segundo: Cuando la ley entre en vigor, la Escuela Nacional de Agricultura va a elegir un grupo de 11 maestros y 11 alumnos para que, en menos de un mes, hagan las reglas necesarias para que funcione la Universidad. Ese reglamento deberá ser aprobado por todos los maestros y alumnos dentro de los 30 días siguientes. El Colegio de Postgraduados seguirá funcionando como parte de la Secretaría de Agricultura, y el gobierno decidirá en hasta 3 años si lo mudan de lugar. Tercero: El Consejo Directivo de la Escuela Nacional de Agricultura dejará de funcionar en cuanto las nuevas autoridades de la Universidad tomen su cargo. Cuarto: La Universidad respetará los derechos que ya tienen los empleados que trabajaron en la Escuela Nacional de Agricultura según la ley de trabajadores del gobierno. Quinto: Se elimina la Ley de Educación Agrícola de 1946 y cualquier otra regla que vaya en contra de esta nueva ley.