Artículo 7 de la LEY que crea la Universidad Autónoma Chapingo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 7 dice que la comunidad de la Universidad Autónoma Chapingo está formada por alumnos, maestros e investigadores. Ellos mismos eligen a sus autoridades, según lo que marca esta ley y sus reglamentos. Además, pueden hablar, analizar y tomar decisiones sobre cualquier tema que tenga que ver con la universidad, menos sobre lo académico. O sea, lo que se enseña o cómo se evalúa no lo deciden ellos, sino otras instancias.
Texto oficial
ARTICULO 7o.- La Comunidad Universitaria constituida por alumnos, profesores e investigadores de la Universidad Autónoma Chapingo se gobernará a sí misma por las autoridades que ella designe en los términos de la presente Ley y sus Reglamentos, y podrán conocer, discutir y decidir cualquier asunto pertinente a la institución a excepción de los académicos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.