- Ley
- LEY que crea la Universidad Autónoma Chapingo
- Artículo
- 9
Artículo 9 de la LEY que crea la Universidad Autónoma Chapingo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Rector, los Vicerrectores, los Directores de División y los Jefes de Departamento son los encargados de manejar la Universidad en lo académico y administrativo. También pueden crear otras unidades administrativas que ayuden en esas tareas. En pocas palabras, estos puestos son los que se encargan de que todo funcione en la escuela.
Texto oficial
ARTICULO 9o.- El ejercicio de las funciones académico-administrativas de la Universidad estará a cargo del Rector, los Vicerrectores, los Directores de División y Jefes de Departamento y de las Unidades Administrativas que se establezcan.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.