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Ley
LEY que crea la Universidad Autónoma Chapingo
Artículo
9

Artículo 9 de la LEY que crea la Universidad Autónoma Chapingo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Rector, los Vicerrectores, los Directores de División y los Jefes de Departamento son los encargados de manejar la Universidad en lo académico y administrativo. También pueden crear otras unidades administrativas que ayuden en esas tareas. En pocas palabras, estos puestos son los que se encargan de que todo funcione en la escuela.

Texto oficial

ARTICULO 9o.- El ejercicio de las funciones académico-administrativas de la Universidad estará a cargo del Rector, los Vicerrectores, los Directores de División y Jefes de Departamento y de las Unidades Administrativas que se establezcan.

Ver texto oficial de la LEY que crea la Universidad Autónoma Chapingo (pág. 3) ↗

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