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Ley
LEY que Establece Bases para la Ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo
Artículo
5

Artículo 5 de la LEY que Establece Bases para la Ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Banco de México, que es como el banco principal del país, se encargará de guardar el dinero que el Banco Interamericano (un banco que apoya proyectos en América Latina) tenga disponible en México. Esto lo hace siguiendo una regla llamada Artículo XIV, sección 4a., que está en el acuerdo que creó a ese banco. En otras palabras, el Banco de México cuida los fondos del Banco Interamericano como si fueran un ahorro seguro.

Texto oficial

Artículo 5o.- El Banco de México, S. A., será el depositario en México de las disponibilidades del Banco Interamericano, de conformidad con el Artículo XIV sección 4a. del Convenio Constitutivo del citado Organismo.

Ver texto oficial de la LEY que Establece Bases para la Ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo (pág. 1) ↗

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