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Ley
LEY que Establece Bases para la Ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo
Artículo
7

Artículo 7 de la LEY que Establece Bases para la Ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Secretario de Hacienda va a ser el representante principal de México en el Banco Interamericano de Desarrollo, que es como un banco que presta dinero para proyectos en América. También va a nombrar a otra persona para que sea su suplente, es decir, quien lo reemplace cuando él no pueda asistir. Así que el responsable de las finanzas del país es el jefe de nuestra delegación en ese banco internacional. Esto se cambió desde enero de 1986.

Texto oficial

Artículo 7o.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público será el Gobernador Propietario y Designará a un Gobernador Suplente que fungirá con tal carácter en el Banco Interamericano de Desarrollo. Artículo reformado DOF 13-01-1986

Ver texto oficial de la LEY que Establece Bases para la Ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo (pág. 2) ↗

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