- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1022
Artículo 1022 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un comandante de barco deja su puesto y otro lo reemplaza, los dos tienen que firmar todos los libros donde se registran los encargos del barco. Antes de firmar, los oficiales encargados de cada área y el oficial del equipo deben anotar que todo está en orden. También tienen que firmar otros libros, pero solo después de que los oficiales responsables de llevarlos confirmen que están correctos.
Texto oficial
Artículo 1,022.- Para la entrega de mando de un buque, los Comandantes salientes y entrantes firmarán los libros de todos los cargos, previa la anotación de conforme puesta por los Oficiales de cargo y del Oficial de equipo. ORDENANZA GENERAL DE LA ARMADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 19-10-2000 123 de 210 En los demás libros firmarán igualmente, previo el conforme de los Oficiales que estén obligados a llevarlos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.