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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1022

Artículo 1022 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un comandante de barco deja su puesto y otro lo reemplaza, los dos tienen que firmar todos los libros donde se registran los encargos del barco. Antes de firmar, los oficiales encargados de cada área y el oficial del equipo deben anotar que todo está en orden. También tienen que firmar otros libros, pero solo después de que los oficiales responsables de llevarlos confirmen que están correctos.

Texto oficial

Artículo 1,022.- Para la entrega de mando de un buque, los Comandantes salientes y entrantes firmarán los libros de todos los cargos, previa la anotación de conforme puesta por los Oficiales de cargo y del Oficial de equipo. ORDENANZA GENERAL DE LA ARMADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 19-10-2000 123 de 210 En los demás libros firmarán igualmente, previo el conforme de los Oficiales que estén obligados a llevarlos.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 122) ↗

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