- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 103
Artículo 103 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que los miembros de la Armada que ya no usan uniforme, pero siguen en servicio activo y cumplen con los requisitos, también pueden recibir medallas o condecoraciones. La diferencia es cómo se usan: si la condecoración es de primera categoría, se lleva colgada del cuello con un cordón de seda roja; si es de segunda o tercera, se usa con una cinta verde con bordes blancos. Esto aplica tanto para oficiales como para la marinería (los marinos de menor rango). En pocas palabras, define cómo deben portar sus medallas según el tipo de condecoración que recibieron.
Texto oficial
Artículo 103.- Los individuos de la Armada asimilados que, además de estar en servicio activo y reunir los requisitos señalados para la adquisición de las condecoraciones de referencia, no deban usar uniforme, tendrán derecho a obtenerlas; pero se diferenciarán éstas de las anteriores en que, las de primera, se llevarán al cuello pendientes de un cordón de seda roja, de la misma forma y dimensiones que el cordón de oro, y las de segunda y tercera con las cintas verdes con vivos blancos. Distintivos y condecoraciones para la marinería
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