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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1070
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1070

Artículo 1070 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando trabajas en la Armada, tienes que saludar a tus jefes, y también tienes derecho a que te saluden según el rango que tengas. Si eres un empleado civil con un rango asimilado (como si fueras militar, pero sin serlo), en actos de servicio debes saludar primero a cualquier militar profesional, aunque tengas el mismo rango que él. Esto aplica aunque el militar no lleve sus insignias puestas. La razón es que, por el trabajo que estés haciendo, estás bajo sus órdenes.

Texto oficial

Artículo 1,070.- Los empleados de la Armada deberán saludar a sus superiores jerárquicos y tendrán derecho a que se les salude, según la categoría correspondiente al rango de asimilación que disfruten. En actos del servicio, el empleado asimilado deberá saludar primero al individuo de profesión, revestido o no de sus insignias, aun cuando por su asimilación le sea igual en categoría, siempre que en virtud de su comisión deba estarle subordinado.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 129) ↗

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