- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1073
Artículo 1073 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si estás en la Armada y llevas uniforme, tienes que saludar a los marinos o soldados de otros países que también estén uniformados. Igual, si ellos te saludan primero, tienes que responder el saludo. Esto aplica solo cuando traes puesto el uniforme, no en tu tiempo libre o vestido de civil.
Texto oficial
Artículo 1,073.- Los individuos de la Armada deberán saludar y corresponder, en su caso, el saludo a los individuos de las Armadas o Ejércitos extranjeros, siempre que porten uniforme.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.