- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1078
Artículo 1078 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando escribas un trámite o solicitud al Secretario de Guerra y Marina o a un jefe militar, debes hacerlo en una hoja tamaño carta doblada por la mitad (medio pliego). Si el texto es corto, usa una sola cara de esa mitad; deja un margen de un tercio de la hoja a la izquierda, donde pondrás un resumen de lo que pides. Empieza el texto en el cuarto superior de la hoja, anotando el título del superior a quien va dirigido. Al final del escrito pon la fecha y luego el cargo o comisión de quien firma. Si es una carta o aviso, al reverso de la hoja escribe la dirección de la persona a quien se la mandas.
Texto oficial
Artículo 1,078.- Toda instancia dirigida al Secretario de Guerra y Marina u otro superior se hará en medio pliego de papel, si fuere bastante para contener el asunto, dejando margen de un tercio de la hoja, en el cual se extractará el contenido. El escrito se comenzará a la cuarta parte de dicha hoja, con el título del superior a quien se dirija, la fecha irá al final y en seguida la antefirma, que expresará el empleo y comisión del que subscriba. Si fuere comunicación, en la parte inferior de la última cara escrita se pondrá la dirección de la persona a quien se remita. ORDENANZA GENERAL DE LA ARMADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 19-10-2000 130 de 210
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.