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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1107
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1107

Artículo 1107 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 1,107 fue eliminado del código o ley al que pertenecía, y ya no tiene ningún efecto legal. La derogación ocurrió el 19 de octubre del año 2000, según el Diario Oficial de la Federación (DOF). Eso significa que si buscabas una regla o derecho en ese artículo, ya no existe desde esa fecha. En términos prácticos, es como si nunca hubiera estado ahí para los casos actuales.

Texto oficial

Artículo 1,107.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 19-10-2000

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 132) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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