Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1221
- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1221
Artículo 1221 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada, está derogado desde el 19 de octubre del 2000. Que esté derogado significa que ya no tiene validez legal y no se puede aplicar en ningún caso. Básicamente, es como si nunca hubiera existido para cualquier trámite o situación actual.
Texto oficial
Artículo 1,221.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 19-10-2000
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.