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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1221
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1221

Artículo 1221 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada, está derogado desde el 19 de octubre del 2000. Que esté derogado significa que ya no tiene validez legal y no se puede aplicar en ningún caso. Básicamente, es como si nunca hubiera existido para cualquier trámite o situación actual.

Texto oficial

Artículo 1,221.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 19-10-2000

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 143) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.