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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1223
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1223

Artículo 1223 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el jefe de un grupo de barcos de guerra va a visitar uno de sus barcos y va a estar ahí casi todo el día, puede poner su bandera especial en ese barco para que todos sepan dónde está. Mientras tanto, debe quitar esa misma bandera de su propio barco. También, si hay otra bandera especial en el barco que está visitando, se tiene que bajar durante su visita.

Texto oficial

Artículo 1,223.- Cuando el Comandante en Jefe de una Escuadra, División o Grupo, pase a alguno de los buques de su mando para revistarlo, o con otro motivo que exija emplear la mayor parte del día, podrá izar en ese buque su insignia, arriándola entre tanto en el suyo a fin de manifestar dónde se halla para cualquier accidente. Se arriará también cualquiera otra insignia que haya en el mismo buque mientras dure la visita.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 143) ↗

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