- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1223
Artículo 1223 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el jefe de un grupo de barcos de guerra va a visitar uno de sus barcos y va a estar ahí casi todo el día, puede poner su bandera especial en ese barco para que todos sepan dónde está. Mientras tanto, debe quitar esa misma bandera de su propio barco. También, si hay otra bandera especial en el barco que está visitando, se tiene que bajar durante su visita.
Texto oficial
Artículo 1,223.- Cuando el Comandante en Jefe de una Escuadra, División o Grupo, pase a alguno de los buques de su mando para revistarlo, o con otro motivo que exija emplear la mayor parte del día, podrá izar en ese buque su insignia, arriándola entre tanto en el suyo a fin de manifestar dónde se halla para cualquier accidente. Se arriará también cualquiera otra insignia que haya en el mismo buque mientras dure la visita.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.