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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1240

Artículo 1240 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si en un puerto llegan al mismo tiempo dos o más personas con rango militar, los honores solo se le hacen a la de mayor jerarquía. O sea, aunque haya varios jefes importantes, solo el de más alto rango recibe la salva o el recibimiento especial. Así se evitan confusiones y se respeta el orden de mando.

Texto oficial

Artículo 1,240.- Cuando en un puerto se reúnan dos o más personas a quienes correspondan honores militares, se harán solamente a la de mayor categoría.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 145) ↗

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