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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1243
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1243

Artículo 1243 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si no sabes a qué oficiales de la Armada debes saludar o visitar, o no estás seguro de su rango, los comandantes de los barcos deben mandar a un oficial antes para preguntar la información necesaria. Así evitan cometer una falta de respeto o un error de protocolo. En pocas palabras, mejor preguntar primero antes de saludar a alguien en la Marina. El artículo solo aplica a los comandantes de buques, no a cualquier persona.

Texto oficial

Artículo 1,243.- Cuando haya duda acerca de los funcionarios a quienes deban visitarse o saludarse, o acerca de su grado o rango, o sobre si será contestado el saludo que se haga, los Comandantes de los buques de la Armada, para no incurrir en cualquiera incorrección, enviarán oportunamente un Oficial a fin de que obtenga la información necesaria a ese respecto.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 145) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.