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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1269
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1269

Artículo 1269 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que cuando un barco de la Armada de México vea la bandera del Presidente de la República, no debe saludar a ninguna otra bandera, ya sea de México o de otro país. Sin embargo, si algún otro barco le hace un saludo, el barco mexicano sí tiene que contestarlo. Básicamente, la bandera presidencial es la máxima autoridad a bordo y merece todo el respeto, por encima de las demás.

Texto oficial

Artículo 1,269.- En presencia de la insignia del Presidente de la República, ningún buque de la Armada saludará una insignia de cualquiera otra categoría, sea nacional o extranjera: pero sí deberá contestar los saludos que reciba.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 147) ↗

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