- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1269
Artículo 1269 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que cuando un barco de la Armada de México vea la bandera del Presidente de la República, no debe saludar a ninguna otra bandera, ya sea de México o de otro país. Sin embargo, si algún otro barco le hace un saludo, el barco mexicano sí tiene que contestarlo. Básicamente, la bandera presidencial es la máxima autoridad a bordo y merece todo el respeto, por encima de las demás.
Texto oficial
Artículo 1,269.- En presencia de la insignia del Presidente de la República, ningún buque de la Armada saludará una insignia de cualquiera otra categoría, sea nacional o extranjera: pero sí deberá contestar los saludos que reciba.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.