Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1276
- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1276
Artículo 1276 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 1,276 ya no existe. Fue eliminado oficialmente de la ley el 19 de octubre del año 2000, así que ya no tienes que preocuparte por él ni aplicarlo. Cuando una ley dice que un artículo está derogado, significa que se canceló por completo y ya no tiene ningún efecto legal. Es como si nunca hubiera estado en el código.
Texto oficial
Artículo 1,276.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 19-10-2000
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.