- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1279
Artículo 1279 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley desde el 19 de octubre del año 2000. Significa que la regla que contenía ya no tiene ningún efecto legal. "Derogado" es la palabra que se usa para decir que un artículo fue cancelado oficialmente. Entonces, no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no aplica.
Texto oficial
Artículo 1,279.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 19-10-2000 Comodoro Subordinado
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.