- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1284
Artículo 1284 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 1,284 fue eliminado de la ley desde el 19 de octubre del 2000. Eso significa que ya no existe ni se aplica. No tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no tiene validez legal. Esa regla sobre el "Comandante de Buque" quedó cancelada hace muchos años. En pocas palabras, ese artículo es como si nunca hubiera existido en la ley actual.
Texto oficial
Artículo 1,284.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 19-10-2000 Comandante de Buque
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.