- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1311
Artículo 1311 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no sirve, está cancelado desde el 19 de octubre del año 2000. Lo quitaron de la ley, así que no tienes que hacerle caso ni te afecta en nada.
Texto oficial
Artículo 1,311.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 19-10-2000 ORDENANZA GENERAL DE LA ARMADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 19-10-2000 151 de 210
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