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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1318
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1318

Artículo 1318 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 1,318 ya no existe. Está derogado, o sea, cancelado y sin validez legal desde el 19 de octubre del año 2000. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por él ni aplicarlo, porque ya no es parte de la ley.

Texto oficial

Artículo 1,318.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 19-10-2000

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 151) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.