Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1320
- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1320
Artículo 1320 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe en la ley porque fue eliminado el 19 de octubre del año 2000. Cuando un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni se puede aplicar. Es como si la ley lo hubiera borrado. No tienes que preocuparte por él, porque ya no forma parte de las reglas vigentes.
Texto oficial
Artículo 1,320.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 19-10-2000
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.