- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1332
Artículo 1332 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 1,332 fue eliminado de la ley desde el 19 de octubre del año 2000, por lo que ya no tiene ningún efecto legal. Cuando un artículo está "derogado", significa que ya no es válido y no se puede usar para nada. Lo que dice al final ("Contraalmirante con mando") es solo un residuo del texto que ya no aplica. En pocas palabras, este artículo no existe legalmente, así que no tienes que preocuparte por él.
Texto oficial
Artículo 1,332.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 19-10-2000 Contraalmirante con mando
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.