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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1351
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1351

Artículo 1351 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe, está derogado, que significa que fue eliminado de la ley desde octubre del año 2000. Si antes decía algo, ya no es válido ni se aplica en ningún caso. Para cualquier asunto legal actual, no debes tomarlo en cuenta porque ya no tiene efecto.

Texto oficial

Artículo 1,351.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 19-10-2000

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 153) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.