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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1382
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1382

Artículo 1382 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no existe, fue eliminado en 1985 y luego confirmado en el año 2000. Cuando una ley dice "se deroga", significa que se borró oficialmente y ya no tiene ningún efecto. Así que no hay nada que aplicar de ese artículo, es como si nunca hubiera estado en la Ordenanza General de la Armada. En resumen, ya no tienes que preocuparte por él.

Texto oficial

Artículo 1,382.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 14-01-1985 ORDENANZA GENERAL DE LA ARMADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 19-10-2000 156 de 210

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 155) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.