- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1382
Artículo 1382 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ese artículo ya no existe, fue eliminado en 1985 y luego confirmado en el año 2000. Cuando una ley dice "se deroga", significa que se borró oficialmente y ya no tiene ningún efecto. Así que no hay nada que aplicar de ese artículo, es como si nunca hubiera estado en la Ordenanza General de la Armada. En resumen, ya no tienes que preocuparte por él.
Texto oficial
Artículo 1,382.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 14-01-1985 ORDENANZA GENERAL DE LA ARMADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 19-10-2000 156 de 210
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.