- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1395
Artículo 1395 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 1,395 fue eliminado de la ley desde el 14 de enero de 1985, según el Diario Oficial de la Federación. Eso significa que ya no existe ni se aplica en ningún caso, como si nunca hubiera estado vigente. Al estar derogado, no tienes que preocuparte por él, porque no tiene ningún efecto legal actual. En pocas palabras, es un artículo que ya no sirve para nada.
Texto oficial
Artículo 1,395.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 14-01-1985
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.