- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 14
Artículo 14 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 14 de la Ordenanza General de la Armada explica cómo se organizan los rangos dentro del Cuerpo de Maquinistas (los que trabajan con las máquinas de los barcos) y a qué rango del Cuerpo de Guerra equivalen. Por ejemplo, un "Aprendiz de Fogonero" equivale a un "Grumete", que es el rango más bajo. Un "Fogonero de 2ª" equivale a "Marinero de 1ª", y un "Fogonero de 1ª" a "Cabo de mar de 2ª". Ya en los oficiales, un "2o. Maquinista" equivale a "Subteniente", y un "1er. Maquinista de 1ª" a "Primer Teniente". En los jefes, un "Maquinista Mayor" equivale a "Teniente Mayor", y el más alto, "Subinspector General de Máquinas", equivale a "Capitán de Navío".
Texto oficial
Artículo 14.- La clasificación jerárquica en el Cuerpo de Maquinistas y sus equivalencias con el Cuerpo de Guerra, son: I.- Fogoneros y Clases ORDENANZA GENERAL DE LA ARMADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 19-10-2000 4 de 210 Aprendiz de Fogonero Grumete. Fogonero de 2ª Marinero de 1a. Fogonero de 1ª Cabo de mar de 2a. Cabo de Hornos Cabo de mar de 1a. II.- Oficiales 3er. Maquinista Aspirante de 1a. 2o. Maquinista Subteniente. 1er. Maquinista de 2ª Segundo Teniente. 1er. Maquinista de 1ª Primer Teniente. III.- Jefes Maquinista Mayor Teniente Mayor. Maquinista Subinspector Capitán de Fragata. Subinspector General de Máquinas Capitán de Navío. Cuerpo de Ingenieros de Artillería Naval
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