Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1407
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1407

Artículo 1407 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada. Cuando una ley dice "derogado", significa que fue eliminada y ya no se aplica. En este caso, el artículo dejó de existir desde el 14 de enero de 1985. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no es válido.

Texto oficial

Artículo 1,407.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 14-01-1985

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 157) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.