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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1413
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1413

Artículo 1413 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido. Está derogado, lo que significa que fue cancelado por una ley posterior. En México, cuando una ley se deroga ya no tiene ningún efecto legal. Si buscas información sobre el tema que trataba este artículo, necesitarás consultar la ley actual.

Texto oficial

Artículo 1,413.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 14-01-1985

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 157) ↗

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