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Artículo 146 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 146 dice que, como soldado, debes aceptar sin quejarte la comida y el uniforme que te den, siempre y cuando cumplan con lo que acordaste en tu contrato. También te deja claro que obedecer rápido, ser puntual en tus deberes y darle valor a tus obligaciones son cosas que no puedes descuidar nunca. Esas cualidades son la base de tu carrera militar. Así que, básicamente, te toca cumplir sin reclamos.

Texto oficial

Artículo 146.- Recibirá sin observación la ración de armada y el vestuario que se le diere, arreglado a las condiciones que establezca su contrato; quedando entendido de que el valor, prontitud en la obediencia y exactitud en el servicio, son cualidades a que nunca deberá faltar, y que constituyen el verdadero espíritu de su carrera.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.