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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1659
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1659

Artículo 1659 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comandante en Jefe debe tener dos libros especiales: uno para apuntar todas las órdenes que dé, y otro para anotar las señales que se hagan en la Escuadra (el grupo de barcos). En el libro de las señales, se tiene que escribir el día y la hora exacta en que se hicieron, además de las respuestas que dieron los demás barcos. Básicamente, es llevar un registro claro de todo lo que se ordene y comunique entre los buques.

Texto oficial

Artículo 1,659.- Llevará, además, un libro para anotar las órdenes del Comandante en Jefe, y otro para las señales de la Escuadra, asentando en éste el día y hora en que han sido hechas, así como las contestaciones dadas por los buques.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 186) ↗

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