- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1659
Artículo 1659 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Comandante en Jefe debe tener dos libros especiales: uno para apuntar todas las órdenes que dé, y otro para anotar las señales que se hagan en la Escuadra (el grupo de barcos). En el libro de las señales, se tiene que escribir el día y la hora exacta en que se hicieron, además de las respuestas que dieron los demás barcos. Básicamente, es llevar un registro claro de todo lo que se ordene y comunique entre los buques.
Texto oficial
Artículo 1,659.- Llevará, además, un libro para anotar las órdenes del Comandante en Jefe, y otro para las señales de la Escuadra, asentando en éste el día y hora en que han sido hechas, así como las contestaciones dadas por los buques.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.