Artículo 195 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Durante la noche, los centinelas que cuidan por fuera de un barco en un puerto mexicano o en un área militar deben gritar "¡Ah del bote!" a cualquier lancha que se acerque lo suficiente. Si la lancha responde "¡Largo!", el centinela no avisa a nadie más, solo checa que la lancha realmente se aleje del barco. Pero si la lancha no contesta y además se dirige hacia el barco, el centinela repite el grito hasta tres veces; si sigue sin responder, le ordena que se detenga y llama al Cabo de cuarto para reportarlo, y si es necesario usa su arma para que no se pegue al barco. Una vez que un centinela ya dio el "¡Ah del bote!" a una lancha, ningún otro centinela en el mismo barco se lo vuelve a gritar.
Texto oficial
Artículo 195.- De noche, en puertos nacionales y en los fondeaderos militares, los centinelas apostados al cuidado del exterior, darán la voz de: ¡Ah del bote! a toda embarcación que pase por las inmediaciones del buque y al alcance de la voz, y según la contestación que reciban harán la transmisión al Cabo de cuarto en forma análoga a la prevenida en el artículo anterior. Si se le contesta: ¡Largo! no darán aviso alguno, pero observarán si efectivamente la embarcación se abre de las aguas del buque. Si la embarcación no contesta y hace proa el barco, el centinela repetirá hasta tres veces la voz de: ¡Ah del bote!; si a pesar de esto no obtuviere respuesta, le mandará hacer alto y llamará al Cabo de cuarto para comunicarle la novedad, debiendo hacer uso de su arma para impedir que atraque. A la embarcación que haya recibido el ¡Ah del bote! por uno de los centinelas de a bordo, no le será repetido por ningún otro de los apostados en el propio buque.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.